“Celebramos que finalmente los diputados y diputadas votaron esta ley tan importante y esperada por miles de familias y miles de trabajadoras y trabajadores argentinos que la necesitaban para poder jubilarse”, indicó tras la sanción de la ley la directora ejecutiva de la ANSES, Fernanda Raverta.
En este sentido, resaltó: “Vamos a estar recibiendo con alegría a las miles de personas que durante estos meses vinieron a las oficinas de ANSES de todo el país para poder jubilarse y no lo podían hacer porque nos faltaba esta ley”.
El Plan de Pago de Deuda Previsional consiste en la regularización de deuda de aportes previsionales que tienen las personas.
¿Quiénes pueden acceder?
- Personas que ya alcanzaron la edad jubilatoria
Mujeres de 60 años o más y varones de 65 años o más que no cuentan con los 30 años de aportes requeridos.
- Personas que aún no alcanzaron la edad jubilatoria
Mujeres de entre 50 y 59 años y varones de entre 55 y 64 años que ya saben que, al cumplir la edad para jubilarse, no contarán con los 30 años de aportes requeridos.
¿Qué períodos se podrán regularizar?
Quienes ya alcanzaron la edad jubilatoria
- Podrán regularizar períodos faltantes hasta diciembre de 2008 inclusive.
- Podrán cancelar estos períodos en cuotas mensuales que se descuentan de la jubilación.
- El Plan de Pago de Deuda Previsional es incompatible con otras moratorias previsionales que no se hayan saldado antes del 31 de diciembre de 2021.
Quienes aún no alcanzaron la edad jubilatoria
- Podrán regularizar períodos faltantes hasta el 31 de marzo de 2012 inclusive.
- Las personas podrán identificar los períodos de aportes a regularizar y cancelarlos de acuerdo a sus posibilidades.