El ministro de Economía de la Nación, Sergio Massa, y la directora ejecutiva de ANSES, Fernanda Raverta, anunciaron un refuerzo de ingresos para trabajadores informales, por el que se pagarán 47.000 pesos en octubre y 47.000 pesos en noviembre. La medida será compensada a través del cobro de un anticipo extraordinario de ganancias a grandes contribuyentes.
Se trata de un refuerzo para trabajadores y trabajadoras informales de entre 18 y 64 años, que no cuentan con ingresos registrados ni perciben ningún tipo de asistencia económica del Estado, como la Asignación Universal por Hijo (AUH), las becas Progresar o el Potenciar Trabajo.
¿Cómo inscribirse al refuerzo para trabajadores informales?
La inscripción comenzará a las 14 y permanecerá abierta durante todo octubre y se podrá realizar exclusivamente a través de la página web www.anses.gob.ar o de la aplicación Mi Anses, todos los días de 14 a 22.
El primer pago de este refuerzo se realizará a partir del 9 de octubre. Para acceder al beneficio, las personas no deberán tener trabajo registrado (relación de dependencia, autónomos, monotributo, monotributo social y casas particulares); jubilación o pensión; AUH, AUE, Asignaciones familiares o Progresar; planes sociales (por ejemplo, Potenciar Trabajo); ni prestación por desempleo.
¿Quiénes pueden cobrar el refuerzo?
Anses realizará una evaluación socioeconómica y patrimonial (consumo, bienes, cobertura de salud, etc.) de los solicitantes, para evitar que accedan a éste personas que no cumplen con los requisitos.
Para la inscripción será necesario, como en todos los trámites, que los beneficiarios cuenten con la Clave de Seguridad Social de Anses y una CBU a su nombre.
Los requisitos son:
- Contar con al menos dos años de residencia permanente en la Argentina.
- No contar con cobertura de salud
- No tener registrados a su nombre automóviles de menos de 10 años de antigüedad (no aplica a motocicletas), inmuebles, aeronaves o embarcaciones.
- No tener consumos o acreditaciones con tarjeta de débito y billeteras virtuales iguales o mayores a $ 90.000 en los meses de junio y julio 2023, o con tarjeta de crédito iguales o mayores a $ 120.000 (sumados entre junio y julio).
- No haber operado activos financieros ni moneda extranjera en los últimos seis meses, o tener plazos fijos durante el período de junio o julio de 2023.