El próximo domingo 22 de octubre se llevarán a cabo las elecciones generales y la ciudadanía argentina se presentará frente a las urnas para elegir a los candidatos y las candidatas que buscan representarlos durante los próximos cuatro años.
En esta ocasión se votará Presidente y Vicepresidente de la Nación, Diputados y Senadores del Congreso nacional, Gobernadores y Legisladores provinciales y municipales.
Además, en algunos municipios del conurbano bonaerense, como Morón, Merlo, Moreno y Tres de Febrero, los intendentes apuestan a su reelección. Los resultados de las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias arrojaron datos que indican que se encuentran por buen camino. Esto es así, ya que sus respectivos partidos políticos han sido los más votados por la gente.
¿Quiénes pueden votar?
Según lo establecido por la Cámara Nacional Electoral, sólo están habilitados a votar los ciudadanos que figuren en padrón electoral y que posean el documento que acredite su identidad.
¿Quiénes no pueden votar?
Los ciudadanos que no cumplan con las normas mencionadas anteriormente, los que presenten un documento anterior al que figura en el padrón y los anulados por la Justicia Nacional Electoral.
¿Qué sucede si no me presento a votar?
Aquellos ciudadanos que tengan entre 18 y 70 años y que no se presenten en las urnas deberán presentar una justificación dentro de los 60 días posteriores a la elección. De lo contrario deberán abonar una multa y se los incorporará en el Registro de Infractores. Además, no podrán ejercer funciones o empleos públicos en los próximos 3 años.
En caso que las elecciones deriven en un balotaje, los ciudadanos que no se presentaron a votar en las PASO y en las elecciones generales están obligados a asistir.
Quiénes están exceptuados a votar son:
- Los ciudadanos que se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia el 22 de agosto y justifiquen su ausencia con motivos razonables.
- Quienes se encuentren enfermos y no puedan trasladarse hacia el recinto electoral. Siempre y cuando estén justificados ante médicos del servicio nacional de sanidad.
- Si la persona forma parte de un organismo estatal y eso le implique asistir a votar.
Por otro lado, la veda electoral comenzará este viernes a las 8 y finalizará el domingo a las 21 horas, tres horas después de darse por finalizado el comicio. Bajo estas 72 horas no podrán llevarse a cabo actividades como actos públicos, encuestas electorales, ofrecer a la ciudadanía boletas de partidos políticos, festivales populares de todo tipo, incluyendo eventos deportivos; la compra de bebidas alcohólicas, entre otras.
En caso de violarse alguna de estas normas y dependiendo su grado, el valor de las multas rondará entre los $500 y los $100.000.