El Ministerio de Obras Públicas oficializó el esquema de segmentación tarifaria que regirá a partir de noviembre para los usuarios de Agua y Saneamientos Argentinos (AySA), y encomendó al Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS) la conformación de un “Registro de mantenimiento de subsidios”.
La medida se dispuso “a fin de evitar errores de exclusión”, teniendo en cuenta que la segmentación establece una reducción de subsidios diferenciada según su coeficiente zonal.
De esa forma, los usuarios de la categoría residencial y baldío cuyos inmuebles se encuentren en áreas de Coeficientes Zonales 1,45; 1,30 y 1,10 (barrios del sur de la Ciudad de Buenos Aires y la mayor parte del conurbano bonaerense) pasarán a pagar una tarifa que resultará de una reducción de 45% del valor pleno en noviembre y diciembre, del 30% en enero y febrero de 2023 y del 15% a partir de marzo del año próximo.
Las categorías
Los usuarios de la categoría residencial y baldío cuyos inmuebles se localizan en áreas de Coeficientes Zonales 2,00; 1,80 y 1,60 (nivel medio, en barrios del centro y oeste de CABA y determinados puntos del Gran Buenos Aires), tendrán un descuento del 40% en el último bimestre de 2022 y del 20% en el primero de 2023, eliminándose las quitas a partir de marzo.
Los no residenciales, sin distinción de coeficiente zonal, tendrán un esquema de reducción similar al de los usuarios de zonas de ingresos medios.
La tarifa social
También se aclaró que, de cara al nuevo esquema tarifario, AySA “estima un incremento en el presupuesto del Programa de Tarifa Social como una herramienta de apoyo a aquellos usuarios y usuarias que no pueden hacer frente al pago total de la factura permitiendo el acceso al agua potable”.
No obstante, se evaluó como “prudente” la apertura del Registro de mantenimiento de subsidios, a modo de “solicitud de excepciones para aquellos usuarios y usuarias que justifiquen y acrediten mediante declaración jurada no estar en condiciones de afrontar los importes tarifarios resultantes de una reducción del subsidio aplicado”.
Los requisitos para acceder al beneficio de ese registro serán similares a los que rigen para los usuarios de energía eléctrica y gas, entre los que sobresale tener ingresos netos menores a un valor equivalente a dos Canastas Básicas Totales (CBT).